Juez de Cúcuta declara la ilegalidad de los paz y salvos expedidos por Dinalo Upidir

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La justicia colombiana reitera una vez más que la gestión individual irregular infringe los derechos de autor de las obras representadas por SAYCO

Una vez más la justicia colombiana, atendiendo las acciones judiciales presentadas por SAYCO en contra de las Alcaldías que permiten la realización de conciertos o eventos musicales en su jurisdicción en los que se hace uso de obras musicales con paz y salvos expedidos por los denominados gestores individuales, ha declarado que la gestión individual realizada por DINALO-UPIDIR es contraria e infringe el régimen de protección del derecho de autor.

En esta oportunidad, en demanda presentada contra el municipio de VILLA DEL ROSARIO (Norte de Santander), el Juzgado Tercero Administrativo de Cúcuta reprochó el actuar del municipio que aceptó un paz y salvo o comprobante de pago expedido por DINALO-UPIDIR para cumplir con el requisito legal por derechos de autor, a pesar de las advertencias realizadas por SAYCO que ponían en alerta al municipio sobre la infracción al derecho de autor  en la realización de las “Ferias y Fiestas de Villa del Rosario del 2017”. En el presente caso, el municipio omitió su deber legal y contra la ley secundó y apoyó la infracción sobre las obras que solo representaba SAYCO, al respectó expresó el Juzgado:

“pese a que SAYCO tenía la representación de las obras que se iban a ser comunicadas en el evento publico los días de concierto, situación que fue puesta en conocimiento de la entidad territorial en forma previa al desarrollo del mismo, no obstante, el Municipio de Villa del Rosario omitió corroborar la información allegada, así como los documentos que presuntamente acreditaban la titularidad de las facultades jurídicas sobres las obras artísticas de las cuales SAYCO representada como sociedad de gestión colectiva de derechos de autor, y no las presentadas por “DINALO-UPIDIR, por ende, el ente territorial atendió el comprobante de pago denominado “paz y salvo” de un gestor sin reconocimiento legal, desatendiendo la alerta realizada por SAYCO.”[1]

De esta manera, se logró reiterar, como en otros procesos a lo largo del país, que la gestión realizada por DINALO-UPIDIR es ILEGAL, y SAYCO recuperó la suma de DOCE MILLONES DE PESOS, que se distribuirán entre los autores y compositores de las obras musicales interpretadas en las mencionadas fiestas, entre ellas: “QUE SUFRA, QUE CHUPE, QUELLORE”, “CELOS”, “ELLA TIENE TODO”, “MURIÓ EL AMOR”, reconociendo y exaltando su trabajo y profesión artística.

Sea esta la oportunidad para recordar y aclarar a los funcionarios públicos y a los empresarios del espectáculo que:

  1. Es relevante para los autores y compositores colombianos que las autoridades y los empresarios del espectáculo cumplan con la ley frente a los derechos de autor.
  2. La gestión individual que ha venido desplegando el mencionado gestor individual DINALO UPIDIR es ILEGAL y causa perjuicios no solo a los titulares de las obras musicales sino a los municipios y empresarios que se ven obligados por los jueces a pagar nuevamente a los verdaderos representantes por el uso de las obras musicales ejecutadas en los conciertos.
  3. Es importante no dejarse engañar de los gestores individuales que en su obrar ilegal, pretenden autorizar, con su paz y salvos, el uso de obras musicales que en territorio Colombiano solo representa la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia SAYCO.

Área Jurídica de SAYCO

[1] Sentencia No. 00141 del 02 de junio de 2023, Juzgado Tercero Administrativo de Cúcuta, SAYCO vs. Municipio de Villa del Rosario (Norte de Santander).