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Tarifas

Teniendo en cuenta que por disposiciones legales contenidas en el Artículo 30 de la Ley 44 de 1993 Artículo 73 de la Ley 23 de 1982 y el Artículo 48 de la Decisión Andina 351 de 1993, en armonía con el Articulo 51 literal l de los Estatutos , SAYCO está facultada para adoptar las diferentes  tarifas  que serán la base para la concertación con los usuarios, para obtener el pago de las remuneraciones por concepto de las diversas utilizaciones de las obras que la Sociedad administra.

Tarifas aplicadas en:

Pantallas de televisión

Radio y TV

Audiencia de concierto

Espectáculos Públicos

TELÉFONO MÓVIL

Derechos digitales

Reunión de equipo virtual

Eventos virtuales

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